Mujeres maltratadas
Cobrarán pensión de viudedad si prueban maltrato en la separación
Redacción
La Seguridad Socia dota así de mayor protección a las mujeres maltratadas que renunciaron a la pensión compensatoria por miedo. 35.270 denuncias de maltrato en el tercer trimestre del 2009.
Según la última reforma de la Ley General de la Seguridad Social (SS), las mujeres víctimas de violencia machista tendrán derecho a cobrar la pensión de viudedad, en caso de fallecimiento de su maltratador, si acreditan que estas agresiones tuvieron lugar en el momento del proceso de separación judicial o divorcio.
Estas mujeres, que habían renunciado a la pensión compensatoria por miedo o coacción, deben probar el maltrato mediante sentencia firme o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento.
En caso de que no hubiera sentencia, puede acreditarlo a través de la orden de protección dictada a su favor o el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Inmaculada Montalbán, durante un desayuno informativo organizado por el Foro de la Nueva Sociedad, ha comunicado que el tercer trimestre de 2009, de julio a agosto, se ha registrado el mayor número de denuncias por malos tratos desde enero de 2007, un total de 35.270.
Montalbán ha apuntado la necesidad de ampliar el ámbito de la Ley Integral contra la Violencia de Género para que las medidas previstas se extiendan a las mujeres que son víctimas de violencia ejercida por hombres con los que éstas no tienen relación sentimental ni parentesco.
Servicio de atención a mujeres maltratadas: 900 840 111 / 016.