Tribunales
El TS confirma la multa de 18,4 millones a Nuclenor por el cese de Garoña
AGencias | Redacción
La sanción fue impuesta por la CNMC. La empresa propietaria de la central, participada al 50 % por Ibedrola y Endesa, recurrió a la AN y luego al Supremo, que ha ratificado el fallo.
Euskaraz irakurri: Garoña ixteagatik Nuclenorri ezarritako 18,4 milioiko isuna berretsi du Gorenak
La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 18,4 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) impuso en 2014 a Nuclenor (participada a partes iguales por Endesa e Iberdrola) por cerrar la central nuclear de Santa María de Garoña de forma unilateral en diciembre de 2012, sin comunicarlo con la antelación suficiente a la Administración.
Se consideró entonces que la empresa propietaria de la planta, participada al 50 % por Endesa e Iberdrola, incurrió en la infracción consistente en "la reducción sin autorización de la capacidad de producción o de suministro de energía eléctrica".
Nuclenor recurrió a la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso en junio de 2016, y a continuación recurrió la sentencia de la Audiencia ante el Tribunal Supremo, que lo ha rechazado, entre otros motivos, al no compartir que en el caso concurriese el presupuesto de "causas imprevistas" que habría permitido excluir la necesidad de comunicación de la decisión del cese en la explotación con una antelación de un año.
En ese sentido, la sentencia de la Audiencia Nacional, ahora confirmada, destacó que no podía considerarse como una circunstancia de carácter técnico, susceptible de ser una causa imprevista, la derivada de la entrada en vigor de una reforma legislativa que afectaba de forma sensible a la fiscalidad de las centrales nucleares.
Según recogió la misma sentencia, la decisión de Nuclenor de cesar la explotación se adoptó el 14 de diciembre de 2012, y la comunicación de dicho acuerdo, sin embargo, no se produjo hasta transcurridos 14 días.