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Anteproyecto de ley

Kontsumobide podrá fijar una indemnización de la empresa infractora al consumidor

Agencias | Redacción

Es una novedad jurídica, no planteada en ninguna Comunidad Autónoma, que está incluida en el anteproyecto de ley de Estatuto de las Personas Consumidoras de Euskadi.

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Euskaraz irakurri: Kontsumobidek kontsumitzailearentzako kalte-ordaina zehaztu ahalko du arau-hausteetan

El Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, podrá incluir una indemnización para el consumidor perjudicado por una empresa, que se sumará a las sanciones a la misma en caso de infracción.

Esta novedad jurídica, no planteada hasta la fecha por ninguna Comunidad Autónoma, está incluida en el anteproyecto de ley de Estatuto de las Personas Consumidores de Euskadi, cuyo contenido ha presentado este jueves en Bilbao la consejera de Turismo, Comercio y Consumo, Sonia Pérez.

La nueva ley, que podría aprobarse a mediados de 2020 tras el trámite parlamentario correspondiente, sustituirá a la vigente norma vasca de consumo aprobada hace quince años y tiene como fin adaptarse a los nuevos hábitos de consumo como las compras por Internet o por teléfono, así como a la legislación europea.

Entre las novedades, prevé que en caso de infracción por parte de una empresa la Administración pueda dictar, además de la sanción administrativa, una indemnización para el consumidor perjudicado.

Se trata, según la consejera, de reforzar la protección de la persona consumidora, que ahora se queda sin satisfacción por el perjuicio sufrido cuando acude a Kontsumobide, donde a raíz de su denuncia se inicia un procedimiento en el que únicamente están presentes dos partes: la Administración y la empresa infractora.

El anteproyecto legislativo prevé, sin embargo, la posibilidad de que el usuario se persone en el procedimiento y que una vez acreditados los perjuicios sufridos, Kontsumobide acuerde en sus sanciones la indemnización correspondiente.

En el caso de que la empresa no la abone, la Administración podría ejecutarla y proceder a un embargo. Tanto la empresa infractora como el consumidor pueden recurrir a los tribunales si no están de acuerdo con la indemnización acordada por Kontsumobide.

Refuerzo a la inspección de consumo

La nueva ley también reforzará la inspección de consumo. En este sentido y en línea con las directrices europeas, se autorizará al personal inspector a que, en contra de la obligación que tiene ahora, no se identifique si ello puede frustrar su labor. Además, permitirá a los inspectores tomar muestras y hacer compras de prueba sin decir que es personal inspector, para comprobar que los productos se ajustan a las exigencias legales.

La consejera ha señalado que el anteproyecto persigue la promoción del consumo responsable "con criterios de racionalidad y sostenibilidad" e incide en la protección de personas y colectivos desfavorecidos.

Otra novedad de la nueva ley es la obligación que introduce para las empresas de servicios de dar información, de manera previa a su contratación, sobre posibles incidencias que puedan sufrir por obras de mantenimiento, gran afluencia de personas o condiciones meteorológicas. De esta forma, los usuarios podrán conocer las condiciones en las que se encuentra una autopista o un parque de atracciones, por ejemplo, antes de decidir si los utiliza.

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