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HUELGA

Huelga de Iberia en Navidad. ¿Qué debemos hacer si tenemos cogido un vuelo para esos días?

ANE SANTESTEBAN | EITB MEDIA

Tras el anuncio de Iberia de una huelga en plenas Navidades, Kepa Loizaga, delegado de la OCU en Euskadi nos ha dado las claves para saber cuáles son los derechos de los pasajeros, cómo reclamar a la compañía aérea, plazos e indemnizaciones para solucionar el viaje...

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Las huelgas aéreas han puesto en jaque las vacaciones de Navidad de muchas personas. Los sindicatos UGT y CCOO han convocado ocho días de huelga en los servicios de atención en tierra a aeronaves y pasajeros (handling) de Iberia para los días los días 29, 30 y 31 de diciembre y 1, 4, 5, 6 y 7 de enero. Los paros afectarán a miles de viajeros y viajeras que tiene programado viajar en esas fechas tan señaladas.

¿Qué derecho tiene un pasajero si han cancelado su vuelo?

Kepa Loizaga, el delegado de la OCU en Euskadi destaca que como no se trata de una causa extraordinaria, los pasajeros y pasajeras siempre tienen derechos, aunque de diferente forma. Si la compañía aérea ha informado de la cancelación con menos de 14 días de antelación, las personas que ya tienen pagado un vuelo pueden tener derecho a una indemnización económica. ¿Cuánto puede reclamar un pasajero?

Asimismo, los pasajeros y las pasajeras tienen derecho a la información, a la asistencia y al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. Además, en caso de cancelación, se puede elegir entre el reembolso del billete o que la compañía proporcione un transporte alternativo hasta el destino final lo más rápidamente posible.

Cabe señalar que, la compañía aérea quedará eximida del pago de compensación si, en caso de cancelación del vuelo, informa con una antelación de al menos dos semanas con respecto a la hora de salida prevista.

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