Audiencia de Bizkaia
Condenan a la empresa Indumetal Recycling de Erandio por un delito medioambiental
Agencias | EITB Media
La sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso, condena a cuatro de los responsables de la compañía. Sin embargo, las penas de cárcel quedan en suspenso por un plazo de dos años, condicionada a la no comisión de delitos en ese tiempo.
Euskaraz irakurri: Erandioko Indumetal Recycling enpresa zigortu dute ingurumen-delitu batengatik
La Sección Primera de la Audiencia de Bizkaia ha condenado por un delito contra el medio ambiente con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas a la empresa Indumetal Recycling S.A. de Erandio (Bizkaia) y a cuatro de sus responsables.
En una sentencia de conformidad, el tribunal impone una pena de dos años de cárcel y una multa de 19 500 euros al que fuera vicepresidente de Indumetal Recycling S.A entre 2008-2018 y al director general de la empresa.
También condena a siete meses de prisión y multa de 7500 euros al jefe de planta entre 2013 y 2017, y al encargado y responsable de Calidad, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos Laborales.
Además, condena a la persona jurídica Indumetal Recycling S.A a una multa de 60 000 euros por el citado delito.
Sin embargo, en la resolución, la Audiencia de Bizkaia acuerda suspender la ejecución de las penas privativas de libertad por un plazo de dos años, condicionada a la no comisión de delitos en ese tiempo.
El tribunal declara probado que la empresa, dedicada al reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y el resto de acusados, "cada uno en su parcela de responsabilidad", incumplieron "de forma sistemática" al menos desde 2013 y hasta el inicio de la investigación por estos hechos, en 2016, las exigencias legales en la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
En la sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso, se indica que la empresa almacenaba "las materias primas y los residuos en lugar y modo inadecuados, al aire libre y sobre una solera agrietada que producía filtraciones, lugar donde igualmente volcaban y rompían los equipos haciéndolos impactar sobre el suelo empleando para ello vehículos denominados 'pulpo' y 'toro'".
También se precisa que, aunque la empresa disponía de una nave para la correcta gestión de todo tipo de residuos vinculados con aparatos eléctricos, gran parte de los equipos con tubos de rayos catódicos y pantallas de cristal líquido se introducían en la denominada línea 0 donde un molino rompía y trituraba los equipos no descontaminados previamente.
Provocaban así que "todo el polvo fluorescente y el mercurio" que contenía se pudiera liberar sin control ni aspiración.
"La inadecuada gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos provocaba la liberación al aire, al suelo y al agua de los elementos químicos contenidos en su interior, lo cual generaba un riesgo de afección sustancial a la calidad de los citados elementos", añade la sentencia.
En un comunicado, la compañía ha defendido que en el contenido del acuerdo con la Fiscalía "queda claro que no se ha acreditado que la empresa haya causado daño a la salud de los trabajadores o al medio ambiente".
Asimismo, ha recordado que el proceso de tratamiento de los residuos durante el periodo 2013-2016 se llevó a cabo "de la forma que se consideró más adecuada y segura posible, dadas las condiciones en las que en aquel momento se encontraban los residuos que se recibían en la planta".
Durante el transcurso de estos años, la compañía ha indicado que ha colaborado "plenamente" con las instituciones encargadas de la investigación. "La empresa continuará actuando con su labor de tratamiento y reciclaje mediante el uso de las mejores tecnologías disponibles, respetando la legislación vigente, y contribuyendo al fomento de la economía circular", ha concluido.