Entrevista
'Regular más la Corona nos hubiera ahorrado muchos problemas'
Amaia Akordagoitia | eitb.com
Javier Tajadura Tejada, profesor de Derecho Constitucional en la UPV/EHU, insiste en la necesidad de crear "una ley que regule los efectos de la abdicación".
La abdicación del rey, recogida en la Constitución, necesita una ley orgánica para poder regular las consecuencias de la misma. "El problema no es tanto cambiar la Constitución, que en líneas generales está bien, sino desarrollarla. Si se hubiera regulado más la Corona, nos habríamos ahorrado muchos problemas", apunta Javier Tajadura Tejada, Profesor de Derecho Constitucional en la UPV/EHU.
De hecho, Tajadura considera que "hay mucha ignorancia, un gran desconocimiento" al respecto y señala que, por ejemplo, "el príncipe de Asturias ha hecho cosas, pero con arreglo a la Constitución no puede hacer nada. Es decir, todo lo que hace, lo está haciendo ilegalmente o al margen de la Constitución, porque no se ha aprobado la ley que regule la actividad del príncipe. Y como eso, no se han regulado tantas cosas que se deberían haber regulado como las incompatibilidades para no tener el lío de Urdangarin, la transparencia en las cuentas, etc".
La Constitución recoge la figura del rey "de la misma forma que hacen todas las Constituciones del mundo cuando recogen la figura del jefe de Estado. Por eso, lo primero que hay que decir es que da igual, es decir, es una cuestión secundaria que sea una república o una monarquía".
"El rey es el símbolo de la unidad y la permanencia del Estado", esas son las palabras con las que la Constitución define al rey. Es decir, "es un símbolo". Sin embargo, dice lo mismo la Constitución francesa de su presidente. Y porque son el símbolo de la unidad del país, todos los jefes de Estado son lo que se dice "irresponsables". Es decir, ningún juez les puede exigir cuentas.
Sin embargo, sí que existe una diferencia entre un monarca y un presidente: "Cuando uno es presidente de la república, el jefe de Estado sí que es igual que el rey, pero el presidente, cuando pasan los años, deja de serlo y el rey no, porque es vitalicio. Esa es la diferencia".
Son democracias
"En el sintagma monarquía parlamentaria lo sustantivo es el adjetivo. ¿Qué quiere decir eso? Que lo importante es que es parlamentaria. Es decir, que entre una monarquía y una república parlamentaria no hay más que una diferencia, que haya heredero o no. En ambos casos son democracias. Por lo tanto, una monarquía parlamentaria lo que quiere decir es que es un país democrático", explica Tajadura.
Aunque la abdicación aparece en la Constitución, "es cierto que la Constitución dice que hace falta una ley orgánica para regularla, pero esa ley no se ha hecho todavía".
"La abdicación es un acto unilateral del rey por lo que, en principio, respecto al procedimiento no hay muchas dudas. Ese acto unilateral siempre tiene que ser frente o ante a alguien y, como es una monarquía parlamentaria, tiene que ser frente al Parlamento. Ahora bien, el hecho de no haber una ley que regule los efectos de la abdicación puede dar lugar a algún problema", apunta el profesor de la UPV/EHU.
Por tanto, ¿el rey que deja de serlo qué estatuto tiene? ¿Es responsable o es irresponsable? ¿Se le pueden ahora ya pedir cuentas como al presidente de la república que ha dejado el cargo? "Para mí, por la lógica de la monarquía parlamentaria y de la propia institución, la respuesta es muy sencilla, pero convendría mejor que hubiera una ley que dijera eso que estoy diciendo, porque podría haber alguien que no estuviera de acuerdo", considera Tajadura.
En opinión del catedrático, "cuando el rey abdica y deja de ser rey, quiere decir que, a partir de ese día, sí es responsable de lo que haga, porque a partir de ese día, ya no simboliza a España. Sin embargo, solo le podrían exigir responsabilidades por las cosas que haga a partir de ese día, no por las cosas pasadas y hechas mientras fue rey". Todo ello podría dar lugar a un debate y, por tanto, convendría que hubiera una ley de abdicación, "no tanto para el procedimiento, que es muy sencillo, sino para dejar bien atado el tema de cuáles son los efectos de la abdicación. Esto es, cuál es el estatuto del exrey".
La sucesión tras la abdicación tiene efecto inmediato: "En el mismo momento en que deja de ser rey Juan Carlos pasa a serlo el príncipe de Asturias, que simplemente tendría que ser proclamado ante las Cortes, pero eso es también en una ceremonia de minutos, porque Felipe ya prestó el juramento a la Constitución cuando cumplió los 18 años. Ahora, simplemente habría que proclamarlo ante las Cortes".
¿Monarquía o república?
La propia Constitución establece en sus últimos artículos, concretamente en el 168, cómo se pueden cambiar sus artículos. Y, en concreto, cómo se puede cambiar la monarquía por la república. Para cambiar eso se debe llevar a cabo un procedimiento en tres fases.
"En primer lugar, esa propuesta hay que someterla a las Cortes, y para que no sea una ocurrencia de alguno y esté fundada en una petición popular y social muy amplia, se exige que dos tercios de los diputados y dos tercios de los senadores voten que sí. No una mayoría simple, ni una mayoría absoluta. Es decir, hace falta que por lo menos se pongan de acuerdo los dos grandes partidos", explica Tajadura. Por tanto, con 350 diputados en el hemiciclo, ni siquiera el PP solo podría (que tiene 180) sacar adelante la iniciativa. "Con dos tercios de los diputados estamos hablando de 233", añade.
"Después, se deben hacer unas elecciones generales. Es decir, se cambian el Congreso y el Senado, se hace otra nueva votación de dos tercios y, finalmente, se hace un referéndum nacional para que los ciudadanos no nos sintamos engañados. Y si sale así, es porque así lo quiere la gente", concluye.
Sin embargo, proclamada la república, se plantearían varias preguntas: "¿Cómo va a ser esa república? ¿Quién va a elegir al jefe de Estado y para cuánto tiempo?". Según el profesor de la UPV/EHU, "sería complicadísimo".
"Políticamente, si nosotros decimos que tenemos la Constitución de la monarquía parlamentaria es porque en última instancia, el rey, haciendo una metáfora, es la clave de bóveda del edificio constitucional. Entonces, si la clave de bóveda se cae todo el edificio se viene abajo. En el fondo, de lo que se trataría es de decir, este edificio nos lo cargamos, porque quitamos la clave de bóveda, se viene todo el edificio abajo, porque pensamos que no funciona bien o por lo que sea, y vamos a hacer ya otro edificio completamente nuevo", explica.
De hecho, "sería una cosa de mucho mayor alcance que quitar una cosa y poner otra. Hacer una nueva Constitución desde el principio hasta el final".
Leonor, la heredera
La infanta Leonor, la primogénita de Felipe y Letizia, no podrá ser reina hasta cumplir la mayoría de edad. Si tuviera que hacerlo antes de cumplir los 18, "sería obligatorio, y la Constitución así lo prevé, nombrar una regencia".
Cuando el heredero accede a la jefatura del Estado siendo menor de edad, si tuviera que ser llamado a la sucesión antes de cumplir los 18 años, "la jefatura del Estado no la ejerce el menor de edad, sino un regente. En principio, el regente lo nombran las Cortes, pero automáticamente si el padre o la madre del rey menor sobreviven, ese es el regente. Es decir, si Letizia sobreviviera sería la regente, pero tendrían que nombrarla las Cortes". Sin embargo, "el regente no tiene por qué ser de la familia real".