Inbestidura
Dos meses para evitar la repetición electoral
Agencias | Redacción
Hasta el 23 de septiembre la Constitución da margen para que se presenten nuevos candidatos. De lo contrario el 10 de noviembre se repetirían las elecciones generales.
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El fracaso de la investidura de Pedro Sánchez como candidato a la Presidencia del Gobierno activa un plazo de dos meses para que haya nuevos intentos con visos de recabar la mayoría del Congreso, puesto que si no es el caso, se convocarán otras elecciones generales y los ciudadanos votarán de nuevo el 10 de noviembre.
El artículo 99 de la Constitución regula el procedimiento. Es el mismo artículo que Sánchez, durante la intervención inicial de la sesión de investidura, pidió modificar para evitar bloqueos como el actual.
Según consta en dicho precepto, la primera votación de la investidura marca el comienzo de la cuenta atrás de dos meses, así que el 23 de julio es el botón de inicio del cronómetro y el 23 de septiembre, el de su interrupción.
Hasta entonces, la Constitución da margen para que haya nuevos candidatos, es decir, para que busquen nuevos apoyos por cuanto manejan opciones de lograrlos, o se sometan a la investidura con estos ya garantizados.
El rey tendrá, en ese caso, que realizar las consultas pertinentes a líderes o representantes de los partidos políticos con representación parlamentaria para sondear ese mapa de respaldos, y terminada la consulta, hará el encargo.
Pero si nadie da el paso, el tiempo correrá y llegará el 23 de septiembre; este mismo día se disolverán las Cortes y el Boletín Oficial del Estado acogerá el real decreto de nueva convocatoria electoral.
El calendario, a partir de aquí, va dando saltos muy seguidos: el 24 de septiembre se expide dicho real decreto, se publica en el BOE y entra en vigor. El 25 empieza otra cuenta atrás, la de la repetición electoral.
Pasarían 47 días desde el 25 de septiembre, por lo que habría elecciones el 10 de noviembre. La campaña electoral, por cierto, durará una semana en vez de las dos habituales.