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Ley de amnistía

¿Y ahora qué? Sobre el papel, dos meses hasta que la ley quede en manos de la interpretación de los jueces

EITB Media

Lo previsible es que el pleno del Senado, con mayoría absoluta del PP, vete la ley y que el texto tenga que volver al Congreso para que el PSOE y sus socios levanten ese veto y aprueben definitivamente la norma.

Aplausos de la bancada socialista tras la aprobación del dictamen de la ley de amnistía. Foto: EFE

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Tras recibir el visto bueno del Congreso, la ley de amnistía pone rumbo al Senado, donde comenzará una tramitación que podrá extenderse hasta dos meses. Entraría así en vigor a finales de mayo, momento en el que quedará en manos de los jueces su interpretación y aplicación.

Lo previsible es que el pleno del Senado, con mayoría absoluta del PP, vete la ley y que el texto tenga que volver al Congreso para que el PSOE y sus socios levanten ese veto y aprueben definitivamente la norma, registrada en solitario el pasado noviembre por el PSOE y que ha sufrido cambios estos meses para incorporar las demandas de ERC y Junts.

Si se cumplen los plazos, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) entre los comicios catalanes, adelantados al 12 de mayo, y las elecciones europeas del 9 de junio.

La norma entrará en vigor en el mismo momento de su publicación en el BOE y, a partir de ahí, comienza a contar el reloj de dos meses establecido por la ley para que se aplique con carácter "preferente y urgente".

El Gobierno español calcula que serán 372 las personas implicadas en procesos penales beneficiadas por la ley, una cifra de afectados que Junts triplica hasta alcanzar el millar, al sumar también a los sancionados en aplicación de la ley de seguridad ciudadana, que podrán recuperar las multas pagadas.

Será cada órgano judicial, administrativo o contable a cargo de un procedimiento relacionado con el procés el encargado de adoptar las medidas necesarias en aplicación de la ley, "cualquiera que fuera el estado de tramitación del procedimiento".

Desde el Tribunal Supremo hasta la Audiencia Nacional, pasando por el Tribunal de Cuentas, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o multitud de juzgados de instrucción de ciudades catalanas. Todos deberán estudiar e interpretar, caso a caso, cómo afecta la ley de amnistía a los procedimientos que tienen entre manos.

Libertad inmediata y levantamiento de cualquier medida cautelar

La ley establece que los jueces deberán poner en libertad de forma inmediata a quien esté en prisión y levantar cualquier medida cautelar en vigor, dejando sin efecto las órdenes de búsqueda y detención nacionales, europeas o internacionales.

Un escenario que beneficiaría al expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont, que nunca ha sido juzgado por el procés, ya que se encuentra en Bélgica desde el otoño de 2017.

La ley contempla la desaparición de esas cautelares, aunque el procedimiento judicial concreto quede en suspenso "por cualquier causa", como una consulta del juez ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o ante el Tribunal Constitucional al dudar de la adecuación de la norma al derecho comunitario o a la Constitución.

Recursos que se da por hecho que plantearán diferentes magistrados y que dilatarían la aplicación de la amnistía en los procedimientos que éstos dirijan.

¿Para cuándo la vuelta de Puigdemont?

Es la eterna pregunta desde que se registró la iniciativa y todavía no está clara su respuesta, aunque Junts da por hecho que será su candidato a presidir la Generalitat el 12 de mayo, algo que éste confirmará previsiblemente la semana que viene.

Fuentes de este partido asumen, no obstante, que no hay "garantías" de que el expresident no sea detenido si regresa a España, pero confían en que en un Estado de derecho se aplica la ley, y avisan con ironía de que no cabe la objeción de conciencia a la hora de cumplirla.