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Reforma del Código Penal

Difundir imágenes íntimas sin permiso supondrá hasta un año de cárcel

Redacción

Esta es una de las medidas que el Gobierno enmarca en la protección de las mujeres y la lucha por la igualdad, al igual que la penalización de conductas como el matrimonio forzado.

La concejala socialista de Los Yébenes, Olvido Hormigos, considera que se ha dado "un paso importante". EFE

El anteproyecto de reforma del Código Penal, aprobado este jueves en el Consejo de Ministros, ha incluido entre sus novedades el castigo con hasta un año de cárcel la difusión de vídeos o imágenes íntimas sin consentimiento de la víctima, aunque ésta hubiera accedido a la grabación.

Esta es una de las medidas que el Gobierno enmarca en la protección de las mujeres y la lucha por la igualdad, al igual que la penalización de conductas como el matrimonio forzado o el hostigamiento a víctimas de violencia de género, que hasta ahora no se regulaban penalmente.

En concreto, será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales" que atenten contra la intimidad personal, aunque la víctima hubiera consentido ser grabada.

Una medida de la que ya se ha felicitado la concejala socialista de Los Yébenes, Olvido Hormigos, que denunció al alcalde de este municipio toledano por la difusión de un vídeo íntimo sin su consentimiento, y que hoy ha considerado que se da un "paso importante" en la protección de la intimidad.

En el ámbito de las medidas para fortalecer la lucha contra la violencia de género, la reforma penal incluye también como delito el matrimonio forzado, que podrá castigarse hasta tres años de prisión cuando exista violencia e intimidación, y la sanción con hasta doce meses de multa para la vulneración de dispositivos electrónicos impuestos para proteger a las mujeres maltratadas.


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