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Sentencia

Condenan a un año y medio de prisión al autor del 'Tour de la Manada'

Agencias | Redacción

Un vecino de Madrid de 39 años que creó en diciembre de 2018 una página web de un denominado 'Tour de la Manada' ha sido condenado por el tribunal de Navarra.

La sentencia le obliga al acusado a indemnizar a la víctima con 15.000 euros. Foto: EFE.

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La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona ha condenado a un año y medio de prisión a un madrileño de 39 años que creó en diciembre de 2018 la página web de un denominado 'Tour de la Manada'.

En este 'tour', se ofrecía un recorrido por las calles de la capital navarra por las que transcurrieron los miembros de la Manada condenados por la violación grupal perpetrada en los Sanfermines de 2016, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

De acuerdo con la acusación particular y en contra del criterio del fiscal, que había reclamado la absolución, la juez considera al procesado, R.S.M.M., autor de un delito contra la integridad moral y le obliga a indemnizar a la víctima con 15.000 euros.

Al respecto, en la sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, la juez destaca que, debido a la creación de la web, la víctima de la violación vio agravado el trastorno de estrés postraumático crónico que padece y por el que sigue recibiendo tratamiento psicológico.

En la sentencia se indica que tras el visionado de la web, los síntomas de la víctima se agravaron, por lo que la joven necesitó volver a tomar medicamentos y hasta aproximadamente el mes de mayo de este año no ha podido recuperar “una cierta normalidad, que había alcanzado previamente a la apertura de la página”.

Para la magistrada, de la lectura de la página web creada por el acusado “cabe concluir que sin duda cosificaba la figura de la víctima de un grave delito contra la libertad sexual”.

La simple lectura de la página, prosigue la juez, lleva a la clara conclusión de que el delito del que fue objeto la víctima “se convirtió por parte del autor ahora acusado en un ‘jolgorio’, en una ironía, lo que constituyó un sufrimiento adicional importantísimo” para la joven.

En el juicio, la denunciante explicó que el contenido de la web no le pareció una broma en general, sino que pensó que se reían de ella. Manifestó que le avergonzó el planteamiento, la idea en sí misma, que hubiera personas que pudieran pasearse por el lugar que fue objeto de la agresión.

La terapeuta que trató a la víctima desde la violación grupal indicó que, tras la publicación de la web, la joven le trasladó sentimientos de “humillación”, de forma que no quería salir a la calle ni ir a la universidad. Tras el tour, volvieron a salir en redes sus datos y tenía “pánico a ser reconocida”.

Para la magistrada, todo ello pone de manifiesto que, una vez acreditados los hechos y la gravedad de los mismos, existe un delito contra la integridad moral, de modo que resulta “incalificable” que el acusado, en su última palabra, llegara a afirmar: “Esto es una broma, ha picado hasta la víctima y su letrada”.

La juez, sin embargo, no considera que los hechos puedan ser susceptibles de un delito de odio, que sanciona a los que incitan a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias.