Coronabulos
No es cierto que se esté multando a los vehículos donde viajan dos personas
EITB
La Ertzaintza "recomienda el uso individual del vehículo. Cuando en el vehículo viaje una segunda persona lo deberá hacer en el asiento trasero derecho, respetando la distancia de seguridad".
Euskaraz irakurri: Ez da egia Ertzaintza bi pertsona doazen ibilgailuei isunak jartzen ari dela
La Ertzaintza no está imponiendo multas a aquellos vehículos en los que viaja más de una persona, aunque sí "recomienda el uso individual del vehículo" en una nota publicada este martes 17 de marzo y donde da una serie de recomendaciones para la aplicación de las limitaciones de la libertad de circulación de las personas
Circula un mensaje de Whatsapp que cita una supuesta "modificación del RD 463/20 sobre el coronavirus" y se avisaba la entraba en vigor de "la cláusula que solo autoriza al conductor a ir en el vehículo, la sanción es de 300 a 1000 euros". Varias personas enviaron esos mensajes al 600900454 el número de Whatsapp que ha puesto EiTB para enviar mensajes sospechosos en su iniciativa de lucha contra los Coronabulos
La Ertzaintza no prohíbe que dos personas viajen en un mismo coche, sino que "recomienda el uso individual del vehículo. Cuando en el vehículo viaje una segunda persona lo deberá hacer en el asiento trasero derecho, respetando la distancia de seguridad”.
Además, explica que se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de sólo las 8 actividades permitidas en concreto o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio".
Esas 8 actividades son:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia, cuidado y acompañamiento a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Se trata de actividades que tienen que hacerse individualmente salvo que, como subraya la Ertzaintza, "se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada".
Las recomendaciones realizadas por la Ertzaintza el pasado 17 de marzo pueden leerse íntegramente en la nota publicada en su web bajo el título Recomendaciones de la Ertzaintza para la aplicación de las limitaciones de la libertad de circulación de las personas.
Cualquier cambio en la legislación vigente al respecto o modificación se hará pública a través de la misma web y demás canales oficiales.