CORONAVIRUS
¿Cómo y cuándo se debe usar la mascarilla?
EITB.EUS
El Gobierno Vasco ha publicado una serie de directrices para esclarecer algunas de las dudas más frecuentes que tiene la ciudadanía sobre el uso obligatorio de las mascarillas.
Euskaraz irakurri: Noiz eta nola erabili behar da maskara?
El uso de la mascarilla para frenar los contagios por COVID-19 es obligatorio prácticamente en todos los ámbitos, aunque se pueda guardar la distancia de seguridad. Sin embargo, también hay algunas excepciones. En esta guía resumimos las directrices del Gobierno Vasco y aclaramos las dudas más frecuentes de la ciudadanía.
ÁMBITO SOCIAL
1. El uso de mascarilla es obligatorio en la vía pública y en los espacios al aire libre.
El uso de la mascarilla es obligatorio con independencia de la distancia interpersonal, tanto cuando se esté en la vía pública y en espacios al aire libre, como cuando se esté en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público.
Esta obligación, no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, así como en los supuestos previstos en el art. 6.2 del RDL 21/2020.
También es obligatorio el uso de mascarilla en espacios privados de uso común, como pueden ser escaleras, ascensores, jardines privados de urbanizaciones, solariums, azoteas o lugares de análoga naturaleza.
ÁMBITO DEL EMPLEO
1. En los centros de trabajo, sean públicos o privados, ¿es necesario usar la mascarilla durante la jornada laboral, si se cumple la distancia interpersonal de 1,5 metros?
El uso de la mascarilla es obligatorio en los centros de trabajo. Esta obligación no será exigible en aquellos casos en los que, atendiendo a la tipología o condiciones particulares de trabajo, los servicios de salud laboral desaconsejen su uso. Además, se deberá guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros.
ÁMBITO DEL DEPORTE
1. Deporte al aire libre, ¿tengo que llevar mascarilla?
Sí. Solo se puede practicar deporte de manera individual o con convivientes y deberá realizarse con mascarilla.
2. Las niñas y niños mayores de 6 años que están jugando en el parque o al fútbol,…etc. en la plaza, ¿también tienen que llevar mascarilla?
A pesar de que pueda resultar incómodo hacerlo con la mascarilla, su uso es obligatorio para estas personas.
3. Me voy al monte, solo. ¿También tengo que llevar mascarilla?
No es necesario. A esta situación deberán equipararse aquellas otras no descritas aquí, pero que supongan una actividad individual, al aire libre y sin contacto con ninguna otra persona.
4. Voy en bicicleta al trabajo por el bidegorri. ¿Mascarilla siempre?
Se equipara a la actividad física al aire libre y, por lo tanto, es obligatorio el uso de la mascarilla.
5. Dentro de un gimnasio, ¿tengo que hacer deporte con mascarilla?
Sí, es obligatorio el uso de mascarilla dentro de un gimnasio.
ÁMBITO DE TRANSPORTES
1. ¿Los conductores deben llevar mascarilla?
Todos los operadores/as de Tranvía, FFCC, Metro, Funicular, Autobuses, disponen o bien de cabina de conducción que les separa de la clientela, o bien mamparas de separación instaladas durante la pandemia. Por tanto, la obligatoriedad del uso de mascarilla podría relajarse exclusivamente durante el periodo de conducción y siempre y cuando permanezcan solas/os en los habitáculos destinados a tal fin.
Cuando se produzcan cambios de turnos, tanto quien entra como quien sale, debe respetar el uso de mascarilla y lavado de manos.
Cuando se realice la toma de turno, se procederá a acceder al vehículo con mascarilla y se realizará una limpieza con los productos que deben de estar a su disposición para ello.
2. ¿Dentro del coche tengo que llevar mascarilla?
No es necesario si en el coche se viaja solo o con personas convivientes. En cualquier otro caso, sí que es obligatoria.