Cerrar

Coronavirus

Sanidad establece cuatro niveles de alerta para fijar las medidas en las comunidades

AGENCIAS | REDACCIÓN

El Ministerio de Sanidad plantea establecer unos indicadores básicos en todas las comunidades autónomas para fijar las restricciones ante la propagación de la COVID-19.

Una enfermera de Osakidetza realizando una prueba PCR. Foto: EFE

Euskaraz irakurri: Osasun Ministerioak lau alerta-maila ezarriko ditu, erkidegoetan neurriak finkatzeko

El Ministerio de Sanidad está trabajando en un plan de 'Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19' que establece cuatro niveles de alerta con unas medidas mínimas, proporcionales al nivel de riesgo de transmisión en cada comunidad autónoma, adaptables según la situación y el contexto de cada región.

El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, propone indicadores básicos comunes en el Sistema Nacional de Salud (SNS) que "permitan realizar una evaluación en cada territorio, dirigida a detectar niveles de riesgo para la población".

En esta evaluación, se tendrían en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control, como son las medidas no farmacológicas con intervenciones parciales o completas que afecten a parte o todo el territorio evaluado.

Los indicadores de riesgo se dividen en dos bloques y en cinco niveles de gravedad: el primero incluye la incidencia acumulada en 14 días, la incidencia acumulada en 7 días, la incidencia acumulada de mayores de 65 años en 14 días, la positividad global de las pruebas diagnósticas por semana y el porcentaje de casos con trazabilidad; el segundo, la ocupación de camas de hospitalización por COVID-19 y la ocupación de camas UCI por casos de coronavirus.

En todo caso, Sanidad puntualiza que "siempre se hará una valoración individualizada de la situación de la CCAA y se tendrán en cuenta otros posibles indicadores, incluidos los cualitativos".

"Para determinar el nivel de riesgo de un territorio, los indicadores deben interpretarse siempre de forma dinámica y tanto la tendencia como la velocidad de cambio deben tener un peso en esta valoración", apostilla el texto.

En el caso de territorios pequeños, por debajo de 5.000 habitantes, además de estos indicadores generales, se tendrán en cuenta el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días; la proporción de casos nuevos asociados a brotes; la tasa de ataque secundaria; la existencia de puntos calientes (número de brotes, sus características y su situación de control; afectación de residencias socio-sanitarias, poblaciones, etc.

Una vez analizados los indicadores, se fijan los valores que deberá tener cada uno de ellos para considerar la situación de alerta como extrema, alta, media, baja o de nueva normalidad. Así, por ejemplo, la Comunidad de Madrid estaría en riesgo extremo en el apartado de incidencia acumulada de casos diagnosticados en 14 días, al superar los 250 casos por cada 100.000 habitantes.

Teniendo en cuenta estos valores, el documento fija cuatro niveles de alerta:

Nivel de alerta 1: cuando al menos dos indicadores del bloque de situación epidemiológica y uno del bloque de capacidad asistencial están en nivel bajo y el resto de indicadores en nivel de nueva normalidad.

Nivel de alerta 2: cuando al menos dos indicadores del bloque epidemiológico y uno del bloque asistencial están en nivel medio y el resto de indicadores en un nivel inferior.

Nivel de alerta 3: cuando al menos dos indicadores del bloque epidemiológico y uno del bloque asistencial están en nivel alto y el del resto de indicadores en un nivel inferior.

Nivel de alerta cuatro: cuando al menos dos indicadores del bloque epidemiológico y uno del bloque asistencial están en nivel muy alto y el resto de indicadores en un nivel inferior.

Cada nivel de alerta lleva asociado una serie de medidas a implantar. La decisión sobre qué medidas y cuándo aplicarlas será tomada por las comunidades autónomas y se pondrá en conocimiento del Ministerio de Sanidad.

Las comunidades autónomas, en coordinación con el Ministerio de Sanidad, revisarán de manera periódica la situación epidemiológica para valorar, mantener o modificar el nivel de alerta y las medidas aplicadas.

 

Noticias (4)