Orden del Ministerio
La CAV debería cerrar el interior de la hostelería y Navarra podría abrir discotecas
agencias | eitb media
La Comunidad Foral, al estar en el nivel de alerta 1, podría abrir el ocio nocturno; mientras que la CAV, en el 3 nivel, estaría obligada a clausurar el interior de bares y restaurantes.
Euskaraz irakurri: EAEko ostalaritzak barrualdea itxi beharko luke, eta Nafarroak dantzalekuak ireki
El Ministerio de Sanidad ha trasladado a las comunidades la orden con las restricciones al ocio nocturno y la hostelería recordándoles que son de obligado cumplimiento desde este momento hasta que la ministra "apruebe la finalización de su vigencia" previo acuerdo del Consejo Interterritorial.
Así, la Comunidad Foral de Navarra, al estar en el nivel de alerta 1, podría abrir el ocio nocturno; mientras que la CAV, en el 3 nivel, estaría obligada a clausurar el interior de bares y restaurantes.
En el caso de la Comunidad Autónoma Vasca, que tiene una de las tasas de incidencia más altas del Estado español, además de cerrar el interior de los establecimientos, debería disminuir el aforo de las terrazas del 100 % al 75 %, el ocio nocturno seguiría cerrado, y el horario de los bares se alargaría desde las 00:00 horas a la 01:00.
La decisión del Consejo Interterritorial de Salud sobre la hostelería y el ocio nocturno ha ocasionado la rebelión de algunas comunidades autónomas. Incluso ha habido anuncios de desobediencia al acuerdo. Preguntado sobre ese tema el portavoz del Gobierno Vasco, Bingen Zupiria, ha destacado que "la desobediencia no es el estilo ni del Gobierno Vasco ni del lehendakari".
En una entrevista concedida al programa "Egun on Euskadi" de ETB1, Bingen Zupiria, ha subrayado que el Gobierno Vasco siempre ha actuado con "lealtad" y que ha sido el Ejecutivo español el que ha roto unilateralmente esa "lealtad" poniendo la sanidad como "excusa".
En la orden, que mañana se publicará en el BOE, el Ministerio recuerda el carácter obligatorio de las mismas: "La presente declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, con independencia del sentido de su voto".
Y lo afirma apoyándose en el segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la ley de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial referidos al ámbito sanitario, en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general.
A diferencia de la propuesta inicial que planteó a las comunidades el miércoles es que ya no supedita la vigencia de las normas hasta que el 70 % de la población esté vacunada, sino "hasta que se apruebe por la ministra de Sanidad la finalización de su vigencia" previo acuerdo del Consejo Interterritorial.
"La declaración de actuaciones coordinadas producirá efectos desde su notificación a las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía, y hasta que se apruebe por la Ministra de Sanidad la finalización de su vigencia, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de todas las comunidades y ciudades con estatuto de autonomía" resalta la orden.
Por lo demás, las actuaciones coordinadas son las mismas acordadas en el Interterritorial con el voto en contra de Madrid, Galicia, Murcia, Andalucía y Cataluña y la abstención de Castilla y León. El Gobierno Vasco ni siquiera participó en el debate.
De esta forma, a partir de hoy mismo, el ocio nocturno podrá reabrir hasta las 2, ampliable a las 3, en las comunidades que estén fuera del nivel riesgo o en el nivel de alerta 1, en el que hoy por hoy está Navarra.
El consumo de bebidas y alimentos en estos locales, tanto en interiores como exteriores, se hará sentado, con una separación entre las sillas de distintas mesas de al menos 1,5 metros.
Si el territorio llegara al nivel de alerta 2, la comunidad podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las restricciones que se proponen en el semáforo de Sanidad, que reduce el aforo a un tercio.
Respecto a la hostelería, si el territorio está fuera de los niveles de riesgo, se permitirá la mitad del aforo en el interior, pudiéndose incrementar en un 10 % si se aplican medidas que garanticen un alto nivel de ventilación y control de la calidad del aire.
En las terrazas al aire libre se podrán ocupar la totalidad de las mesas separadas por 1,5 metros y ocupadas al máximo por 6 personas en interior y 10 en exterior. Se permite el servicio y consumo en barra.
Como máximo estarán abiertos hasta la 01:00 y dejarán de servir a las 24:00 horas.
Y en los eventos multitudinarios, se aplicarán las medidas de control de riesgos propuestas en el denominado semáforo de Sanidad, que van de la prohibición de comer, beber y fumar en las zonas destinadas al público al uso obligatorio de mascarilla.
Las comunidades están obligadas desde hoy a implementar la campaña de vacunación siguiendo la estrategia de vacunación aprobada por la Comisión de Salud Pública a propuesta de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones.
Además, deberán prohibir fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros, incluyendo cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.