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Navarra amplía aforos y horarios a partir de este viernes 18 de junio

O. P. | eitb media

El aforo en la hostelería navarra será, a partir del viernes, del 50 % y del 40% en los txokos y peñas. El cierre de la mayoría de los establecimientos y servicios se amplía hasta la medianoche.

El aforo máximo de interiores de hostelería pasará a ser del 50 %. Foto: EFE.

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Navarra da este viernes un paso más en el "proceso gradual y ordenado de flexibilización" de medidas a través de una nueva Orden Foral que amplía aforos y horarios en distintos sectores y actividades atendiendo a la situación epidemiológica y sanitaria del Covid-19 en la Comunidad foral.

Las nuevas medidas entraran en vigor este viernes, 18 de junio y se mantendrán, de momento, hasta el 1 de julio, ambos incluidos, con el fin de ir consolidando la situación y monitorizando los efectos de las medidas, tanto en la incidencia como en el impacto de la campaña de vacunación en el ámbito asistencial. "Se trata de trasponer los aforos y horarios al nivel de riesgo medio de nuestra hoja de ruta", ha remarcado la consejera de Salud, Santos Induráin

Con la entrada en vigor de la nueva norma, el aforo de interiores de hostelería pasará del 30 % al 50 %. Se dará la opción a que los establecimientos presenten una declaración responsable con la que se comprometen a cumplir una serie de buenas prácticas para la prevención del COVID-19, como son la ampliación de distancias, la instalación de un medidor de CO2 y un máximo de 800 ppm (partes por millón) o garantizar la trazabilidad de los clientes; de ese modo, la ocupación máxima del interior queda marcada por la distancia entre mesas, que deberá ser de al menos 2 metros entre sus extremos.

El número máximo de comensales por mesa se mantiene en 6 personas, con una distancia de 70 cm entre ellos y el horario de cierre se amplía hasta las 24:00.

En cuanto a las celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles que pudieran tener lugar tras la ceremonia, los establecimientos en los que tengan lugar contarán a nivel general un límite de 50 personas en el interior y 100 personas en el exterior.

Los establecimientos que ofrezcan este servicio también podrán presentar la declaración responsable, como en el caso de la hostelería, con lo que, el límite será más amplio: 75 personas en el interior y 150 en el exterior. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.

El aforo de sociedades gastronómicas y peñas aumenta del 30 al 40 %, mientras que en espacios multifuncionales, éste será del 50 %. Las celebraciones que tengan lugar en ellos no podrán superar las 50 personas en el interior y las 100 en exteriores, y podrán permanecer abiertos hasta las 24:00 horas.

Para bingos, salones de juegos y apuestas y recreativos, se amplía también la hora de cierre a medianoche y el aforo pasa al 50%.

Por su lado, en albergues, la ocupación máxima en habitaciones con literas será del 40 %, mientras que en habitaciones separadas o con una distribución de camas que garantice la distancia mínima interpersonal de seguridad, se permitirá un 60 %. La ocupación de zonas comunes en hoteles y alojamientos turísticos no podrá superar tampoco el 60 %.

El aforo en academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada y centros de formación pasa al 60 %.

Actividades culturales y deportivas

El aforo de bibliotecas, monumentos, salas de exposiciones y museos será también del 60 %, y en cualquier caso, no podrán superar las 300 personas. Las visitas o actividades guiadas se realizarán en grupos de un máximo de 18 personas en interiores y 25 en exteriores. El horario máximo de cierre para monumentos, salas de exposiciones y museos se amplía también hasta las 24.00 horas.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas siempre que no superen el 60 % del aforo máximo permitido que, en todo caso, no podrá superar las 300 personas. El horario máximo de apertura se establecerá asimismo a las 24:00 horas.

Las competiciones de carácter no profesional y eventos deportivos podrán realizarse con público siempre que no se supere el 50 % del aforo máximo permitido. En instalaciones cerradas, el número máximo de asistentes como público no podrá exceder las 300 personas, mientras que en exteriores el límite será de 600 personas. Como es habitual, las actividades que deseen superar estos aforos deberán obtener el permiso del  Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN).

Por su lado, las piscinas para uso recreativo deberán respetar el límite del 60 % de su capacidad de aforo tanto en lo relativo a su acceso como en la práctica recreativa. A su vez, se permite el uso de vestuarios y las duchas con un aforo de 50 %, no pudiendo usarse puntos terminales de ducha contiguos. El horario máximo de cierre de piscinas será a las 22:00 horas.

Uso de la mascarilla

Más allá de una posible readaptación normativa a nivel estatal, en Navarra se permite la realización de determinadas actividades en exteriores sin mascarilla, tales como el ejercicio de la actividad deportiva -siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal-, durante el momento del baño en piscinas o lugares habilitados para el baño, o cuando se esté tumbado al sol, siempre que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal.

También se admite no emplearla en actividades de naturaleza fuera de los núcleos de población, tales como senderismo, escalada, montañismo, ciclismo y similares, garantizándose la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

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