CORONAVIRUS
Estas son las medidas que se aplicarán en los municipios con una incidencia superior a 150
Onintza Aiestaran | EITB Media
Las autoridades municipales valorarán, por una parte, suspender o retrasar aquellas actividades en las que no se puedan mantener las medidas preventivas y, por otra parte, reforzar las medidas en aquellos eventos en los que sí se cumplan.
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Euskaraz irakurri: Hauek dira 150etik gorako intzidentzia metatua duten EAEko udalerrietan aplikatuko diren neurriak
Estas son las medidas del Gobierno Vasco dirigidas a las localidades con una incidencia acumulada de 150 casos por cada 100 000 habitantes con el objetivo de evitar aglomeraciones de personas. Sin embargo, las nuevas medidas no entrarán en vigor automáticamente y corresponderá a las autoridades municipales tomar las decisiones oportunas.
Las siguientes medidas estarán recogidas en una orden que se publicará y entrará en vigor mañana, miércoles 17 de noviembre.
- Suspender o posponer temporalmente la celebración de todas aquellas actividades, independientemente de su ámbito, en las que las autoridades municipales prevean que no se puedan garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas previstas en la orden del 6 de octubre.
Se pondrá especial interés en aquellas donde haya ingesta de comida y bebida, lo que facilita el no uso de la mascarilla, incrementando el riesgo de la propagación del virus.
- En aquellos eventos organizados siguiendo las medidas preventivas, tanto en espacios interiores como al aire libre:
o Se aumentará el espacio destinado al público en aquellos lugares donde se prevean concentraciones.
o Se establecerán pasillos de tránsito para facilitar el flujo ordenado de personas.
o Se delimitarán los espacios destinados a la venta y consumo de alimentos y bebidas.
o Cuando sea posible, organizar las actividades en el exterior.
Esta nueva orden del Gobierno Vasco viene a complementar a la anterior, del 6 de octubre. He aquí las otras restricciones en vigor:
- Limitación del 80 % de aforo en eventos que se desarrollen en espacios cerrados en recintos con capacidad superior a las 5000 personas.
- Los asistentes a eventos sociales, culturales o deportivos, tanto en recintos interiores como en exteriores, no podrán consumir alimentos ni bebidas, salvo agua, y solo se podrán vender y consumir alimentos y bebidas en los espacios destinados a hostelería y restauración.
- El uso de la mascarilla continuará siendo obligatorio como hasta ahora, es decir, en interiores, y al aire libre cuando no pueda mantenerse la distancia de seguridad.