Intento de homicidio
Condenado a 7 años y medio de prisión por intentar matar a un hombre con el que contactó en una web de citas
EITB MEDIA
Gehitu ya ha anunciado que presentará una apelación contra la sentencia. La asociación de Gais, Lesbianas, Trans, Bisexuales e Intersexuales pedía casi 18 años de cárcel para el condenado.
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La Audiencia de Bizkaia ha condenado a siete años y medio de prisión al hombre acusado de intentar matar a otro con el que había contactado a través de una aplicación de citas para homosexuales en Bilbao. El tribunal considera al procesado autor de un delito de tentativa de homicidio y rechaza su versión "exculpatoria" durante el juicio.
Los hechos ocurrieron la tarde del 17 de diciembre de 2021 en el Casco Viejo de la capital vizcaína, cuando el acusado y la víctima se citaron a través de una red social de contactos.
Según el relato de la Fiscalía, quien pedía una pena de 9 años de cárcel, el presunto agresor agredió a su acompañante y trató de asfixiarle con la intención de acabar con su vida. Tras un forcejeo, la víctima sufrió golpes y heridas en distintas partes de su cuerpo, si bien logró zafarse del atacante y salir de la vivienda para pedir ayuda.
El juicio se celebró el pasado mes de octubre, si bien el acusado fue encarcelado en mayo de 2022, tras ser detenido en Irun, al presentarse de manera voluntaria en una comisaría de la Ertzaintza, tras tener conocimiento de que era sospechoso de haber acabado con la vida de varios hombres a los que conocía a través de una red de contactos.
En el transcurso del juicio, se dio a conocer que la Ertzaintza relaciona al condenado con hasta siete homicidios y otros dos en grado de tentativa, todos ellos con el robo de tarjetas bancarias para la posterior extracción del dinero de las víctimas como móvil.
En su sentencia, fechada el 13 de noviembre y notificada a las partes este jueves, la Sección Segunda de la Audiencia de Bizkaia, considera al procesado autor de un delito de tentativa de homicidio.
Además de la pena de cárcel, también establece la prohibición de que se acerque a la víctima, a su domicilio "o a cualquier otro lugar en el que se encuentre", a una distancia inferior a 500 metros. También le prohíbe que se comunique con él por cualquier medio durante ocho años y medio.
La Audiencia fija, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización de 10 800 euros por las "lesiones, secuelas y daños morales" causados a la víctima. Además, acuerda mantener al procesado en prisión provisional hasta que la resolución judicial sea firme, puesto que cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
A pesar de que valoran que haya prevalecido el relato de la víctima, la asociación de Gais, Lesbianas, Trans, Bisexuales e Intersexuales del País Vasco, Gehitu, personada en esta causa como acusación popular, ha anunciado que presentará una apelación contra la sentencia.
Según la primera valoración de Saul Castro (abogado de Gehitu) se ha aplicado incorrectamente la jurisprudencia al no considerar que los hechos son constitutivos de alevosía y que, por tanto, "no se le ha condenado por un delito de asesinato intentado".
Además, cree que se ha excluido el agravante de haber cometido el delito por motivos de discriminación de sexo, orientación o identidad sexual.
Y por último, considera que las lesiones producidas en la huida son constitutivas de un delito de lesiones por el que la audiencia no ha penado. Por todo ello ha anunciado que presentará una apelación.
Gehitu pedía una pena de hasta los 17 años, 11 meses y 29 días al considerar los hechos como tentativa de asesinato, en concurso con un delito de lesiones.