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Vocal de la JEC

Inés Olaizola: 'La JEC no ha faltado al principio de neutralidad política'

La vocal de la Junta Electoral Central, Inés Olaizola Nogales, considera que 'nuestra labor termina cuando termina el proceso electoral'.

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha aplazado a este viernes la decisión sobre si suspende de forma urgente la resolución de la Junta Electoral Central que retiró la credencial de diputado autonómico al president Quim Torra

Antonio Sempere, Luz García, José Luis Seoane, Inés Olaizola Nogales, Ramón Chornet y Juan Montabes firmaron un voto particular en el que expresaron que, a su juicio, la decisión de la JEC, que resolvió retirar el acta de diputado a Torra, corresponde al Parlament.

Entrevistada en 'Ganbara' de Radio Euskadi y Radio Vitoria, la vocal de la JEC, Inés Olaizola Nogales, asegura que la decisión sobre Quim Torra "es complicadísima jurídicamente porque hay un conflicto de normas muy grande entre lo que dice la Ley Electoral y el reglamento del Parlamento catalán y el Estatut de Autonomía. Hay un conflicto serio de normas".

Considera que en el voto particular expresan que, "al no darnos la Ley Electoral una competencia específica para poder inhabilitar, entendemos que nuestra labor termina cuando termina el proceso electoral. Una vez que alguien es parlamentario, eso ya es derecho parlamentario". Además, ha afirmado que "entendíamos que la Junta Electoral no es competente para inhabilitarle como parlamentario".

Según ha explicado, "el Parlamento catalán tiene su propia normativa, su propio Reglamento parlamentario, que tiene rango legal y constitucional. Ellos son los que, en su caso, podrían aplicar también la Ley de Régimen Electoral y decidir un conflicto de normas. Pero, en todo caso, lo tendría que aplicar el Parlamento catalán porque él es ya parlamentario. Eso es lo que nosotros decimos en nuestro voto particular".

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